Una de las preguntas más frecuentes que solemos recibir los profesionales que formamos parte de Excavaciones H. Otero, S.L. es: “¿puedo construir en este terreno?”.
Muchas personas desconocen si es posible edificar en un determinado lugar, ya sea porque han recibido suelo en herencia y no saben qué hacer con él o porque están pensando en adquirir un terreno o finca. Por ello, hemos preparado este artículo para que salgas de dudas.
¿Cómo saber si puedo construir en un determinado terreno?
La respuesta es negativa, puesto que no todos los terrenos son aptos para construir, por lo que debemos informarnos previamente y asegurarnos de si podemos hacerlo o no para no cometer ninguna ilegalidad. Sabemos que resulta atrayente la idea de levantar una casa en un terreno rústico para disfrutar de la libertad de la naturaleza, pero antes de comprar la finca debemos saber si se puede construir en ella o no.
Para cerciorarnos debemos acudir a las autoridades del municipio en cuestión y nos informarán con exactitud de las características del terreno. No obstante, cada comunidad autónoma tiene una Ley del Suelo, que es la que indica dónde se puede construir en cada región. Así mismo, en el caso de que no sea una herencia sino una compra, el vendedor siempre nos deberá informar con antelación si se trata de un suelo urbano o urbanizable, ya que es un factor que tiene una importancia enorme en el precio de venta.
¿Qué tipos de suelo existen en España?
El Registro del Catastro es el documento que recoge el tipo de suelo que es el terreno. En España existen a grandes rasgos tres clasificaciones de suelo diferentes:
Suelo urbano
Es todo aquel que cuenta con los servicios básicos de infraestructura urbana, está integrado en una malla de viales y ha sido declarado urbanizado por las autoridades competentes en la materia. No tiene por qué haber obligatoriamente una construcción para que un suelo urbano sea considerado como tal, ya sea porque lo había anteriormente y ha sido derribado o porque se está esperando que las empresas constructoras comiencen a actuar en los solares.
Suelo rústico
Es el más frecuente en España. Se trata de parcelas calificadas por la ordenación territorial como no urbanizables. Generalmente tienen un uso establecido para actividades agricultura o ganadería. En estos terrenos no se puede construir excepto en situaciones concretas y sólo algunos tipos de edificaciones.
Suelo urbanizable
Es el suelo que no es urbano en el presente pero sí lo puede ser en el futuro. Para ello se debe reclamar que este suelo se convierta en urbano. Una vez producido el cambio legal pasará a considerarse suelo urbano edificable. De no solicitar este cambio, seguiría siendo suelo rústico, por lo que no se podría construir.
Expertos en movimientos de tierras en Galicia
Excavaciones H. Otero, S.L somos una empresa especializada en excavaciones y movimientos de tierras, entre otras muchas labores. Estamos ubicados en Santiago de Compostela y hemos participado en la ejecución de grandes obras civiles en toda Galicia.
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